¿Crees que has sido víctima de acoso en redes sociales como Facebook, Twitter o Instagram? ¿No tienes claro dónde está el límite entre la crítica y el delito? Desde el despacho de abogados Saldaña te damos las claves para que sepas en qué momento puedes acudir a la vía legal para poner fin a esta situación.
De la burla al acoso en redes sociales
Una cosa es la crítica educada y otra muy diferente es cuando ya alcanza el grado de delito. ¿Cuándo ocurre esto? Cuando el comentario vertido en las redes sociales atenta con nuestra reputación o dignidad, ya sea en el ámbito físico o moral. Este tipo de comportamiento está recogido en el Código Penal como delito de calumnias o de injurias. Es en este momento cuando ya nos enfrentamos a un claro caso de acoso en redes sociales
¿Qué es la calumnia?
Una calumnia es cuando nos acusan de un delito falsamente. Que nos digan, por ejemplo, asesino o ladrón cuando nunca hemos robado o matado a alguien.
¿Qué es la injuria?
Una injuria es cuando nos insultan de forma grave. Si estos insultos se producen en el ámbito de las redes sociales, el castigo legal es mayor al tratarse de un ámbito público.
El acoso en redes sociales puede llevar a la cárcel
El acoso en redes sociales no es una cuestión menor. Las sentencias pueden llegar a condenar al ingreso en prisión. Es en el caso de la calumnia, donde se prevén hasta dos años de cárcel, además de una multa. Las injurias conllevas solo un castigo económico.
Si crees que estás siendo víctima de acoso en redes sociales, contacta con nosotros. En el despacho de abogados Saldaña la primera consulta es gratuita, tanto por teléfono (954236666 ) como en nuestra sede. La financiación, a medida y sin intereses.